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Article 28

Secretaría De Servicios Aeroportuarios

Decreto 1294 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -Aerocivil

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01

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Secretaría de Servicios Aeroportuarios . Son funciones de la Secretaría de Servicios Aeroportuarios, las siguientes

1.

Definir y asegurar, de forma articulada con las direcciones, la planeación, provisión, verificación, control, evaluación y mejoramiento de la prestación de los servicios aeroportuarios tales como: Salvamento y extinción de incendios (SEI), Control y reducción peligro por fauna silvestre, limitación de obstáculos, ayudas visuales, planes de emergencia, traslado de aeronaves inutilizadas, gestión del área de movimiento, supervisión de terminal, servicios médicos, infraestructura e instalaciones en pista, plataforma, calles de rodaje, cerramientos, edificaciones, gestión ambiental, gestión social, seguridad de la aviación civil contra actos de interferencia ilícita, facilitación y cualquier otro necesario para la operación en aquellos aeródromos y/o aeropuertos que le sean asignados.

2.

Proveer los servicios aeroportuarios a su cargo en cumplimiento de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC) y demás disposiciones vigentes.

3.

Dirigir la planeación de los recursos necesarios para la provisión, actualización y mantenimiento de los servicios aeroportuarios de forma integral, oportuna, eficiente, eficaz y ambientalmente sostenible.

4.

Liderar y articular, la implementación de planes, programas y proyectos para atender las necesidades en la provisión de los servicios aeroportuarios, así como, realizar el seguimiento para su cumplimiento.

5.

Diseñar, operar, mantener y actualizar el Sistema de Gestión de Seguridad Operacional (SMS), de Seguridad a la Aviación Civil (SeMS) y de gestión ambiental como proveedor de los servicios aeroportuarios a su cargo.

6.

Establecer las políticas de gestión de seguridad operacional de aviación civil y de gestión ambiental para mitigar riesgos en la adecuada prestación de los servicios a su cargo.

7.

Coordinar con la Secretaría de Servicios a la Navegación Aérea el programa de verificación en vuelo y calibración de ayudas visuales en los aeródromos a su cargo.

8.

Dirigir, coordinar y controlar las actividades relacionadas con las concesiones, de gestión indirecta o de cualquier otra forma de participación.

9.

Ejecutar los planes y programas establecidos por la Secretaría de Autoridad Aeronáutico en cumplimiento de los estándares internacionales o normas nacionales sobre aviación civil en los asuntos de su competencia.

10.

Definir y coordinar el plan de gestión social, el plan de gestión ambiental, el plan de riesgo y los planes de acción en caso de calamidad pública, desastres o emergencias que afecten la prestación de los servicios aeroportuarios a su cargo.

11.

Orientar y coordinar con las regionales de la entidad la prestación de los servicios aeroportuarios,

12.

Atender las peticiones y requerimientos relacionados con los asuntos de su competencia.

13.

Apoyar en la implementación, mantenimiento y mejora continua del Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

14.

Mantener y administrar la documentación actualizada en el Sistema de Gestión y sistemas informáticos de su competencia, observando criterios de oportunidad, veracidad y confiabilidad de la información.

15.

Las demás que le' sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

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