JurídicoESEN

Article 15

Decreto 1735 de 1964 · por el cual se modifica el régimen sobre jurisdicción coactiva y se dictan otras disposiciones en materia fiscal.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Contra los asuntos interlocutorios que se dicten en estos juicios proceden los recursos de reposición y apelación. El recurso de apelación se interpondrá para ante el jefe de la sección de Recursos Tributarios de la Administración de Impuestos si la cuantía de la ejecución es hasta de veinte mil pesos ($ 20.000.00), y para ante el Jefe de la División de Impuestos si fuere mayor. Las apelaciones se concederán en el efecto devolutivo, salvo las que se interpongan contra la sentencia de pregón y el auto aprobatorio del mismo, que se concederá en el efecto suspensivo. Contra los autos de sustanciación que se dicten en este juicio, no procede ningún recurso. El recurso de apelación podrá interponerse verbalmente al momento de la notificación, o por escrito dentro de los tres días siguientes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1735 de 1964