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Article 2.2.16.4.7

Valor Del Bono Para Pensión De Vejez (Br)

Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Valor del bono para pensión de vejez (BR). Una vez aplicadas las variables anteriores, el valor del bono tipo C2 se calculará utilizando la siguiente fórmula: BR = [(PR * FAC7) + (AR * FAC8)] * FAC9 El valor de la cuota parte será igual a BR * te /t

Parágrafo

Para el cálculo de los bonos pensionales tipo C2, un año de cotización o tiempo de servicios equivale a 365.25 días. El tiempo entre dos fechas se medirá en días exactos entre esas fechas, ambas inclusive, teniendo en cuenta la ocurrencia de años bisiestos. La cuota parte correspondiente a tiempos cotizados al ISS, hoy Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), se calculará de la siguiente manera: se calcula el valor total de la cuota parte por tiempos cotizados al ISS, hoy Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), discriminando los tiempos cotizados con posterioridad al 1º de abril de 1994, los cuales darán lugar a la devolución de cotizaciones con sus rendimientos, calculada como un bono tipo A modalidad 1. La diferencia entre el valor total de la cuota parte y el valor resultante de la devolución de cotizaciones, estará a cargo de la Nación. (Decreto 816 de 2002, artículo 7°)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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