Las solicitudes de declaratoria de existencia de Zonas Francas Permanentes, Zonas Francas Permanentes Especiales, de autorización del Usuario Operador y de calificación de Usuarios Industriales y Comerciales que se radicaron con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia del Decreto 383 de 2007 y antes de la entrada en vigencia del presente decreto se decidirán según el procedimiento previsto en dicho decreto y cumpliendo los requisitos allí señalados, salvo el consagrado en el numeral 3 del artículo 393-1.
Article 31
Las Solicitudes De Declaratoria De Existencia De Zonas Francas Permanentes, Zonas Francas Permanentes Especiales, De Autorización Del Usuario Operador Y De Calificación De Usuarios Industriales Y Comerciales Que Se Radicaron Con Posterioridad A La Fecha De Entrada En Vigencia Del Decreto 383 De 2007 Y Antes De La Entrada En Vigencia Del Presente Decreto Se Decidirán Según El Procedimiento Previsto En Dicho Decreto Y Cumpliendo Los Requisitos Allí Señalados, Salvo El Consagrado En El Numeral 3 Del Artículo 393-1
Decreto 4051 de 2007 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2685 de 1999 y se dictan otras disposiciones.
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