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Article 29

Decreto 635 de 1886 · Sobre libertad de imprenta, y juicios que se siguen por los abusos de la misma

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Text of the article

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Art. 29. Si á la hora señalada no pudiere instalarse el Jurado por faltar uno ó más de los designados copio principales, se reemplazará á estos con los des suplentes de que se ha hablado; y si aun así no pudiere reunirse el Jurado por faltar uno ó más de los principales, ó uno o ambos suplentes, se proce-derá á los sorteos de que habla el Artículo anterior. Si los suplentes no comparecieren á la hora para que se les haya citado, serán castigados copio los principales, aun Cuando no haya sido pese aria la presencia de aquellos para la instalación del Jurado. V MODO DE PROCEDER EN LOS JUICIOS DE IMPRENTA DISPOSICIONES GENERALES

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Constitutional history

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