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Article 6

Decreto 2732 de 2000 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas

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01

Text of the article

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º . Prima técnica. El Contralor General de la República podrá asignar prima técnica a los empleados de los niveles Directivo, Asesor y Ejecutivo, conforme a lo previsto en el Decreto 1384 del 5 de agosto de 1996.

Parágrafo 1

El Contralor General de la República podrá reconocer el derecho a devengar prima técnica sin sujeción a los requisitos establecidos, a los funcionarios que a la fecha de expedición del Decreto 119 de 1988 se encontraban desempeñando alguno de los cargos a que se refiere el presente artículo, siempre y cuando en tal fecha tuvieren una antigüedad mínima de quince (15) años de servicio en la entidad.

Parágrafo 2

A partir de la entrada en vigencia del Decreto 271 del 22 de febrero de 2000, los siguientes empleos tendrán derecho a percibir mensualmente una prima técnica automática equivalente al 50% de la asignación básica mensual, la cual no constituye factor salarial para ningún efecto legal. • Contralor Delegado • Director de Oficina • Secretario Privado • Director Gerente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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