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Article 18

Funciones De La Oficina De Control Interno Disciplinario

Decreto 120 de 2026 · por el cual se establece la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social.

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01

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Funciones de la Oficina de Control Interno Disciplinario . Son funciones de la Oficina de Control Interno Disciplinario Las siguientes

1.

Recibir, analizar y tramitar los informes y quejas, ya sean escritas o verbales, sobre presuntas faltas disciplinarias cometidas por servidores o exservidores del Ministerio, asegurando su atención oportuna, imparcial y conforme con la normativa vigente.

2.

Ejercer las actuaciones disciplinarias durante la etapa de instrucción, hasta la notificación del pliego de cargos o la decisión de archivo, adelantada contra los servidores o exservidores del Ministerio, cuando estas sean de su competencia, conforme a la normatividad vigente que regula la materia, garantizando el debido proceso y la calidad en la recopilación y análisis de las pruebas.

3.

Notificar y comunicar las decisiones emitidas durante la etapa de instrucción en los procesos disciplinarios promovidos contra servidores y exservidores del Ministerio, garantizando la oportunidad, precisión y conformidad con los procedimientos legales establecidos.

4.

Remitir a la Dirección Jurídica los expedientes de los procesos disciplinarios promovidos contra servidores o exservidores del Ministerio, para que se adelante la etapa de juzgamiento en primera instancia, asegurando la integridad, oportunidad y trazabilidad de la información trasladada.

5.

Informar de manera oportuna a la Procuraduría General de la Nación sobre la apertura de investigaciones disciplinarias y la imposición de sanciones a servidores o exservidores públicos, garantizando la veracidad, completitud y oportunidad de la información suministrada.

6.

Informar y remitir a la Fiscalía General de la Nación, a los órganos de control y fiscalización del Estado, y a las dependencias de control interno disciplinario de otras entidades, los hechos y pruebas relacionados con la acción disciplinaria a su cargo, cuando sean de su competencia, asegurando la precisión, integridad y oportunidad en la entrega de la información.

7.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, de acuerdo con las normas legales vigentes, garantizando la efectividad, continuidad y mejora continua de sus procesos.

8.

Registrar y consolidar de manera oportuna, precisa y sistemática la información relacionada con los procesos disciplinarios adelantados en el Ministerio, garantizando la integridad y trazabilidad de los datos.

9.

Custodiar de manera segura y ordenada los archivos y registros de los procesos disciplinarios promovidos contra servidores y exservidores del Ministerio, garantizando su confidencialidad, integridad y disponibilidad para consulta autorizada.

10.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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