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Article 29

Son Funciones Del Consejo De Administración: A) Adoptar Los Objetivos Del Fondo Nacional De Estupefacientes, Teniendo En Cuenta Los Planes Y Orientaciones Del Ministerio De Salud Y Del Gobierno Nacional; B) Adoptar Los Reglamentos Y Manuales De Funciones Y Procedimientos, Así Como Definir Los Requisitos Mínimos Para Los Cargos De Acuerdo A Las Disposiciones Legales; C) Estudiar Y Aprobar En Coordinación Con La División De Comportamiento Humano Y La División De Patologías Psicosociales Del Ministerio De Salud, O Quien Haga Sus Veces, Los Planes Y Programas Para Las Campañas Contra La Farmacodependencia; D) Adoptar El Presupuesto De Ingresos Y Gastos, Adiciones Y Traslados Que Requiera El Fondo Nacional De Estupefacientes; E) Las Demás Que Le Atribuyen Las Disposiciones Legales Y Reglamentarias

Decreto 1471 de 1990 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Salud y se determinan las funciones de sus dependencias.

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ARTICULO 29. Son funciones del Consejo de Administración

a)

Adoptar los objetivos del Fondo Nacional de Estupefacientes, teniendo en cuenta los planes y orientaciones del Ministerio de Salud y del Gobierno Nacional;

b)

Adoptar los Reglamentos y Manuales de Funciones y Procedimientos, así como definir los requisitos mínimos para los cargos de acuerdo a las disposiciones legales;

c)

Estudiar y aprobar en coordinación con la División de Comportamiento Humano y la División de Patologías Psicosociales del Ministerio de Salud, o quien haga sus veces, los planes y programas para las campañas contra la farmacodependencia;

d)

Adoptar el presupuesto de ingresos y gastos, adiciones y traslados que requiera el Fondo Nacional de Estupefacientes;

e)

Las demás que le atribuyen las disposiciones legales y reglamentarias.

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Constitutional history

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