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Article 3

Ley 32 de 1971 · Por la cual se dictan disposiciones en materia penal y penitenciaria (redención de penas por trabajo y estudio)

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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También podrán reducir su pena por el estudio, los condenados a penas privativas de la libertad en igualdad de condiciones y con los mismos requisitos establecidos para la redención de penas por el trabajo, en el artículo 1º. de la presente Ley.

Parágrafo

El estudio debe adelantarse en los centros educativos que funcionen dentro de los establecimientos penitenciarios, con una intensidad no inferior a seis horas diarias; o por correspondencia, en cuyo caso será de la misma intensidad y bajo estricto control de las directivas del establecimiento respectivo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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