Los laboratorios donde se preparen productos biológicos, tales como sueros, toxinas y antitoxinas, vacunas, etc., están sometidos a los siguientes requisitos especiales: Concepto previo y favorable emitido por el Instituto Nacional de salud; Separación completa del personal ocupado en los trabajos de diagnóstico, y en el destinado a la elaboración de los productos; El local de preparación y envase debe ser una zona estéril completamente independiente; Los preparados biológicos que estén listos para envasar deben mantenerse en refrigeradores separados de las toxinas, antígenos, cultivos, etc., que hubieren servido para su preparación; Disponer de los elementos necesarios para preparar productos de suficiente actividad, libre de toda contaminación e impureza; Para el control de estos productos el laboratorio debe estar dotado de una sección especial que contará con el equipo y elementos indispensables para este fin. Esta sección estará dirigida por un profesional especializado en la materia; Para las pruebas de pirógeno, toxicidad, pruebas farmacológicas, debe disponerse de equipo apropiado y de los animales necesarios para realizar estas pruebas. Así mismo debe contar con una sección para el cuidado de los animales de experimentación en locales convenientes. Laboratorios de productos veterinarios.
Decreto 1950 de 1964 →In force
Article 43
Los Laboratorios Donde Se Preparen Productos Biológicos, Tales Como Sueros, Toxinas Y Antitoxinas, Vacunas, Etc
Decreto 1950 de 1964 · por el cual se reglamenta la Ley 23 de 1962, sobre ejercicio de la profesión de Químico-Farmacéutico, y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.