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Article 54

Derogado

Ley 300 de 1996 · LEY 300 DE 1996, 26/07/1996, por la cual se expide la Ley General de Turismo y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Repealed

Junta Directiva . La Junta Directiva está integrada de la siguiente manera: a) El Ministro de Desarrollo Económico, quien la presidirá, o su delegado b) El Viceministro de Turismo, quien la presidirá en ausencia del Ministro de Desarrollo Económico. c) El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado. d) El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado. e) Tres miembros con sus respectivos suplentes, nombrados por el Presidente de la República, uno de los cuales será elegido de terna enviada por los gremios del sector. El Gerente de la Corporación deberá asistir las reuniones de la Junta Directiva con derecho a voz pero sin voto. Vigente desde: 26/07/1996 y hasta el: 26/06/1997

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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