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Article 13

Son Funciones De Los Dentistas Escolares: A) Practicar Conjuntamente Con Los Exámenes Médicos, Exámenes De Inspección Del Estado Dental De Los Escolares, Anotando Los Datos Que Resulten De Dichos Exámenes En La Hoja Correspondiente De La Libreta Médico-Escolar; B ) Hacer Labor Educativa Sobre Profilaxis Dental Con Los Escolares, Sus Padres Y Maestros En El Momento De Efectuar Los Exámenes Antedichos; C) Dictar Conferencias Periódicas En Las Escuelas, Y Lecciones De Profilaxis Dental A Los Maestros En Los Cursos De Vacaciones

Decreto 2448 de 1936 · Por el cual se aprueba una resolución del Departamento Nacional de Higiene

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01

Text of the article

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Son funciones de los dentistas escolares: a) Practicar conjuntamente con los exámenes médicos, exámenes de inspección del estado dental de los escolares, anotando los datos que resulten de dichos exámenes en la hoja correspondiente de la libreta médico-escolar; b ) Hacer labor educativa sobre profilaxis dental con los escolares, sus padres y maestros en el momento de efectuar los exámenes antedichos; c) Dictar conferencias periódicas en las escuelas, y lecciones de profilaxis dental a los maestros en los cursos de vacaciones. Distribuir el material de propaganda y educación sobre higiene dental; d ) Proveer a la generalización entre el personal escolar del uso del cepillo de dientes y la revisión del estado dental periódicamente; e ) Ejecutar los trabajos de extracciones, curaciones y obturaciones que sean indispensables para el mantenimiento del buen estado de la dentadura de los escolares, cuyos padres no puedan proporcionarles particularmente el servicio dental; f ) Llevar las estadísticas correspondientes para la rendición de los informes mensuales de las labores realizadas y para el estudio de los problemas relativos al servicio dental escolar. Estos informes se incorporarán en los informes generales que rindan los médicos escolares de todos los servicios de su dependencia.

02

Constitutional history

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