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Article 4

º

Decreto 3404 de 1983 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 25 de 1974, 83 de 1926 y los Decretos 2898 de 1953 y 521 de 1971

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01

Text of the article

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º. El acto de trámite que decrete la apertura de formal averiguación disciplinaria contendrá necesariamente, entre otros aspectos, los siguientes

1.

Informe o aviso al superior o al jefe del organismo de la apertura de la investigación, con la advertencia de que se deberá; abstener de abrirla sobre los mismos hechos o de que si se estuviere adelantando, en relación con éstos y los mismos acusados, la suspendan y remitan las diligencias en el estado en que se encuentren.

2.

Solicitud de certificación al funcionario competente de la entidad en donde esté o haya estado vinculado, el Encartado respecto de sus antecedentes disciplinarios internos, sueldo devengado para la época de ocurrencia de los hechos, datos sobre su identidad personal y la última dirección residencial que se encuentre registrada en su hoja de vida.

3.

Hechos sobre los cuales recaigan las averiguaciones yla indicación precisa de las diligencias que hayan de adelantarse.

4.

Aviso o noticia al Encartado sobre la existencia de la investigación, con la prevención de que la providencia no es susceptible de recurso alguno y de que para futuras actuaciones relacionadas con el debido ejercicio de su derecho de defensa deberá suministrar el dato relativo a su dirección residencia con el fin de que obre en el informativo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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