°. El Instituto Colombiano de Seguros Sociales tiene a su cargo la preparación, organización, dirección, administración y control de los seguros sociales, en la forma prescrita por la ley. En consecuencia, vigilará y controlará los seguros de enfermedad- maternidad y los correspondientes a los riesgos profesionales a que se refiere el artículo 51 de la Ley 90 de 1946, y organizará y administrará directamente las prestaciones restantes de los riesgos profesionales, así como los seguros de invalidez, vejez y muerte.
Decreto 4225 de 1948 →In force
Article 2
El Instituto Colombiano De Seguros Sociales Tiene A Su Cargo La Preparación, Organización, Dirección, Administración Y Control De Los Seguros Sociales, En La Forma Prescrita Por La Ley
Decreto 4225 de 1948 · Por el cual se aprueban unos Estatutos del Instituto Colombiano de Seguros Sociales
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.