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Article 21

Faltas Gravísimas

Ley 2521 de 2025 · por medio de la cual se establece el código deontológico y ético del entrenador deportivo en Colombia, se define el proceso disciplinario para el entrenador deportivo y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Se consideran faltas gravísimas y se constituyen en causal de cancelación de la Tarjeta de Entrenador Deportivo o el Registro Provisional de Entrenador Deportivo, las siguientes:

1.

Derivar, de manera directa o por interpuesta persona, indebido o fraudulento provecho patrimonial en ejercicio de la profesión, con consecuencias graves para la parte afectada.

2.

El abandono injustificado de los encargos o compromisos pro­fesionales, cuando con tal conducta causen grave daño al depor­tista o una entidad deportiva de naturaleza pública o privada.

3.

Cualquier forma de maltrato o abuso que atente contra los dere­chos fundamentales o la integridad del atleta o el deportista, in­dependientemente de la acción penal a que haya lugar. Esta dis­posición será aplicada sin perjuicio y en armonía de lo dispuesto en la Ley 2375 de 2024 en materia de inhabilidades, como me­dida de especial protección y prevención para los menores de edad.

4.

El infringir las normas establecidas en el Código Mundial Anti­dopaje de la Agencia Mundial Antidopaje.

Extinción de la acción disciplinaria.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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