Distintivos de grado. Serán los siguientes: Sargento primero: Tres jinetas de paño del color distintivo del arma, en forma de ángulo agudo, de cinco centímetros de largo y medio centímetro de ancho: van cosidas sobre un fondo del mismo paño de la guerrera o blusa, en forma de triángulo agudo, de ocho y medio centímetros de altura y quince de base. Se colocan sobre las mangas, diez centímetros abajo del hombro, de modo que los vértices do las jinetas queden hacia arriba. Sargento Segundo: Dos jinetas iguales a las anteriores y colocadas en forma analógica. Cabo primero. Una jineta igual a la anterior, colocada en la misma forma. Cabo segundo: Un círculo de paño del color distintivo del arma, de dos y medio centímetros de diámetro colocado en el centro del triángulo descrito.
Decreto 333 de 1937 →In force
Article 50
Distintivos De Grado
Decreto 333 de 1937 · Por el cual se reglamenta el uniforme de los miembros del Ejército
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.