° Corresponderá a la Zona Franca llevar un registro interno actualizado de los bienes dados en garantía a terceros por parte de los usuarios. Las mercancías dadas en garantía por los usuarios de Zona Franca sólo podrán ser retiradas definitivamente cuando la administración de la Zona verifique que se ha solucionado la obligación principal a la que accede la garantía. Para lo cual, el usuario deberá acreditar el medio legal utilizado para extinguir esta obligación. También podrán retirar estos bienes, los terceros que tengan justo título de propiedad sobre los mismos y que así lo acrediten ante la administración de la Zona Franca, de conformidad con las demás disposiciones vigentes sobre la materia.
Decreto 1823 de 1990 →In force
Article 7
Corresponderá A La Zona Franca Llevar Un Registro Interno Actualizado De Los Bienes Dados En Garantía A Terceros Por Parte De Los Usuarios
Decreto 1823 de 1990 · por el cual se desarrollan los artículos 9° y 36 de la Ley 109 de 1985 y se subrogan los artículos 38, 42 y 43 del Decreto 1471 de 1986.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.