El empleador presentará la postulación ante la entidad financiera o cooperativa de ahorro y crédito en la que tenga un producto de depósito, o mediante el canal electrónico que ponga a disposición la entidad financiera o cooperativa de ahorro y crédito. La solicitud deberá estar suscrita por el representante legal o la persona natural empleadora y deberá contener:
relación individual de trabajadores;
autorización de consulta de información y declaración bajo gravedad de juramento sobre la veracidad de los datos y
documentos que soporten los requisitos exigidos en los artículos 5 y 6 del presente decreto.
Para salvaguarda de los recursos públicos, cada cooperativa de ahorro y crédito que reciba postulaciones deberá remitir a la UGPP junto con las postulaciones recibidas en cada ciclo, una certificación emitida por la Superintendencia de Economía Solidaria que reporte la vigencia de la autorización para ejercer actividad financiera y el estado de viabilidad e idoneidad operativa de esta cooperativa para realizar dicha actividad