La condonación solo comprende las deudas per concepto de los impuestos sobre la renta, complementarios, de patrimonio y exceso de utilidades, recargos por ausentismo y fraccionamiento, especiales de fomento eléctrico y siderúrgico, vivienda y ganadería y los impuestos extraordinarios. En ningún caso, la condonación se extiende a las sanciones previstas per el Título VII del Decreto 1651 de 1961. Cálculo de la sanción por mora.
Decreto 2531 de 1970 →In force
Article 13
La Condonación Solo Comprende Las Deudas Per Concepto De Los Impuestos Sobre La Renta, Complementarios, De Patrimonio Y Exceso De Utilidades, Recargos Por Ausentismo Y Fraccionamiento, Especiales De Fomento Eléctrico Y Siderúrgico, Vivienda Y Ganadería Y Los Impuestos Extraordinarios
Decreto 2531 de 1970 · Por el cual se reglamentan los artículos 2º,3º, 5º y 6º de la Ley 8ª de 1970
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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