° La Academia Diplomática realizará anualmente, durante el mes de enero, un estudio de las vacantes en cargos de Segundo y Tercer Secretario y de los que siendo de categoría diplomática se hayan cubierto provisionalmente con personal no vinculado por concurso o no inscrito en el Escalafón de la Carrera Diplomática y Consular. Tales estudios se deben adelantar teniendo en cuenta los traslados obligatorios previstos en el Capítulo VIII del Título Segundo del presente Decreto. Con base en el estudio mencionado en el inciso anterior, la Academia Diplomática preparará el proyecto de resolución de convocatoria a concurso para proveer en período de prueba en la planta interna las plazas de Segundo y Tercer Secretario, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. La resolución de convocatoria a concurso deberá ser expedida durante el primer trimestre de cada año y sus términos deberán divulgarse a nivel nacional. Para tal efecto, el Ministerio de Relaciones Exteriores ordenará la publicación de avisos en los diarios de mayor circulación.
Article 7
La Academia Diplomática Realizará Anualmente, Durante El Mes De Enero, Un Estudio De Las Vacantes En Cargos De Segundo Y Tercer Secretario Y De Los Que Siendo De Categoría Diplomática Se Hayan Cubierto Provisionalmente Con Personal No Vinculado Por Concurso O No Inscrito En El Escalafón De La Carrera Diplomática Y Consular
Decreto 1479 de 1990 · por el cual se reglamenta el Decreto-ley 2016 de 1968, Orgánico del Servicio Diplomático y Consular de la República.
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