º Toda transacción de acciones que realicen las administradoras de Fondos de Pensiones, con los recursos de estos últimos, deberán realizar las a través de bolsa, salvo cuando se trate de acciones de empresas en donde el Estado colombiano tenga participación.
Article 2
º Toda Transacción De Acciones Que Realicen Las Administradoras De Fondos De Pensiones, Con Los Recursos De Estos Últimos, Deberán Realizar Las A Través De Bolsa, Salvo Cuando Se Trate De Acciones De Empresas En Donde El Estado Colombiano Tenga Participación
Decreto 1801 de 1994 · por medio del cual se autorizan algunas operaciones a las sociedades que administren fondos de pensiones y se reglamentan la transacción de títulos en el mercado secundario por bolsa y las condiciones y la proporción de las inversiones en actas y cartera, por parte de los Fondos de Pensiones
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Constitutional history
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