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Article 2

º Toda Transacción De Acciones Que Realicen Las Administradoras De Fondos De Pensiones, Con Los Recursos De Estos Últimos, Deberán Realizar Las A Través De Bolsa, Salvo Cuando Se Trate De Acciones De Empresas En Donde El Estado Colombiano Tenga Participación

Decreto 1801 de 1994 · por medio del cual se autorizan algunas operaciones a las sociedades que administren fondos de pensiones y se reglamentan la transacción de títulos en el mercado secundario por bolsa y las condiciones y la proporción de las inversiones en actas y cartera, por parte de los Fondos de Pensiones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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º Toda transacción de acciones que realicen las administradoras de Fondos de Pensiones, con los recursos de estos últimos, deberán realizar las a través de bolsa, salvo cuando se trate de acciones de empresas en donde el Estado colombiano tenga participación.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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