° La dirección y administración de los trabajos que se adelanten con los fondos del auxilio y con las sumas destinadas por otras entidades públicas o privadas para el mismo fin, como también la forma de verificar las adjudicaciones de las viviendas y construcciones de que trata el artículo 4° de la Ley mencionada, serán reglamentadas por la Junta, mediante Resolución que, para su validez, deberá tener la aprobación del Ministerio de Obras Públicas.
Article 3
La Dirección Y Administración De Los Trabajos Que Se Adelanten Con Los Fondos Del Auxilio Y Con Las Sumas Destinadas Por Otras Entidades Públicas O Privadas Para El Mismo Fin, Como También La Forma De Verificar Las Adjudicaciones De Las Viviendas Y Construcciones De Que Trata El Artículo 4° De La Ley Mencionada, Serán Reglamentadas Por La Junta, Mediante Resolución Que, Para Su Validez, Deberá Tener La Aprobación Del Ministerio De Obras Públicas
Decreto 493 de 1943 · Por el cual se reglamenta la Ley 55 de 1940, que concede unos auxilios a la ciudad de Sandoná, en el Departamento de Nariño, y a los damnificados por el incendio ocurrido en agosto de 1940 en Nariño, Departamento de Antioquia
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