º. Todas las novedades que los Almacenistas Subalternos del Departamento Administrativo de la Policía Nacional solicite a la Sección de Reglamentación y Armamento, se harán por duplicado, a efecto de que dicha Sección cause las novedades, conserve en su archivo el duplicado y adjunte el original a la cuenta que mensualmente rinde al citado Departamento.
Article 5
Todas Las Novedades Que Los Almacenistas Subalternos Del Departamento Administrativo De La Policía Nacional Solicite A La Sección De Reglamentación Y Armamento, Se Harán Por Duplicado, A Efecto De Que Dicha Sección Cause Las Novedades, Conserve En Su Archivo El Duplicado Y Adjunte El Original A La Cuenta Que Mensualmente Rinde Al Citado Departamento
Decreto 1544 de 1940 · Por el cual se reglamenta el manejo y custodia del armamento y munición a cargo de la Policía Nacional y demás fuerzas armadas del país, no dependientes del Ministerio de Guerra
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Constitutional history
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