°. Las entidades públicas o los particulares encargados de una función administrativa deberán suscribir previamente los contratos a que haya lugar para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, en los cuales se señalarán los términos y condiciones para la entrega de la información requerida.
Article 3
Las Entidades Públicas O Los Particulares Encargados De Una Función Administrativa Deberán Suscribir Previamente Los Contratos A Que Haya Lugar Para El Cumplimiento De Lo Dispuesto En El Presente Decreto, En Los Cuales Se Señalarán Los Términos Y Condiciones Para La Entrega De La Información Requerida
Decreto 235 de 2010 · por la cual se regula el intercambio de información entre entidades para el cumplimiento de funciones públicas.
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