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Article 1

Requisitos Sanitarios Para La Importación De Medicamentos E Insumos Críticos Por Parte De Entidades Públicas

Decreto 249 de 2013 · por el cual se establecen requisitos para la importación de medicamentos e insumos críticos por parte de las entidades públicas a través de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

°. Requisitos sanitarios para la importación de medicamentos e insumos críticos por parte de entidades públicas . Para la importación de los medicamentos e insumos críticos en salud pública que realicen las entidades públicas a través de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), se deberá adjuntar el documento expedido por dicha Organización, que acredite que los productos cumplen con los criterios de calidad definidos por la Organización Mundial de la Salud. Las etiquetas, empaques e insertos de los productos a que se refiere el presente decreto, se aceptarán tal y como provienen del país de origen.

Parágrafo 1

Para la importación de los productos de que trata el presente decreto, no será necesaria la obtención de registro sanitario en Colombia.

Parágrafo 2

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), adelantará los procesos de liberación de lotes de productos, cuando sea del caso.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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