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Article 6

Oficina De Control Interno

Decreto 1080 de 1996 · por el cual se reestructura la Superintendencia de Sociedades y se dictan normas sobre su administración y recursos.

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01

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°. Oficina de Control Interno . Son funciones de la Oficina de Control Interno las siguientes

1.

Asesorar y apoyar al Superintendente en la definición de las políticas referidas al diseño e implementación de los sistemas de control que contribuyan a incrementar la celeridad, economía, eficiencia y eficacia de las diferentes áreas de la entidad, así como a garantizar la calidad en la prestación de los servicios de la institución;

2.

Diseñar y establecer, en coordinación con las diferentes dependencias de la Superintendencia, los criterios, métodos, procedimientos e indicadores de eficiencia y de productividad para evaluar la gestión y promover las medidas preventivas y/o correctivas del caso;

3.

Establecer los parámetros y/o indicadores técnicos y éticos que permitan evaluar la calidad de los programas de cada área y la regulación de los factores de riesgo;

4.

Coordinar, implementar y fomentar sistemas de control de gestión administrativa, financiera y de resultados institucionales;

5.

Realizar evaluaciones periódicas sobre la ejecución del plan de acción, de cumplimiento de las actividades propias de cada dependencia y proponer las medidas preventivas y/o correctivas necesarias.

6.

Verificar el cumplimiento de los requisitos administrativos y financieros, de acuerdo con los procedimientos y control fiscal establecidos para el movimiento de los fondos, valores y bienes de la Entidad;

7.

Velar por la correcta ejecución de las operaciones, convenios y contratos de la entidad y vigilar cómo se invierten los fondos públicos, e informar al Superintendente cuando se presenten irregularidades en el manejo de los mismos;

8.

Vigilar que la atención a los ciudadanos para recibir, tramitar y resolver las quejas y reclamos se presenten de acuerdo con las normas legales vigentes, y rendir al Superintendente un informe semestral sobre el particular;

9.

Diseñar e implantar el sistema de auditoría de sistemas de la Superintendencia, estableciendo normas, metas y objetivos, y efectuar el análisis de los resultados para la toma de acciones preventivas y/o correctivas;

10.

Dirigir la elaboración y ejecución de los planes, programas y proyectos de la dependencia;

11.

Las demás inherentes a su naturaleza y que le sean asignadas por las normas legales vigentes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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