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Article 2

La Comisión De Que Trata El Artículo Anterior, Investigará Qué Edificios Públicos Nacionales, Departamentales Y Municipales Fueron Destruidos O Averiados Por Tales Movimientos Sísmicos; Verificará Los Estudios Requeridos Para Su Reconstrucción; Levantará Los Planos Correspondientes; Hará Los Presupuestos De Costo, Y Presentará Al Ministerio De Obras Públicas Un Informe Detallado Sobre La Reconstrucción De Cada Edificio

Decreto 1604 de 1935 · Por el cual se reglamenta la Ley 10 de 1935, que dispone la reconstrucción de edificios públicos y particulares en el Departamento de Nariño, abre un crédito adicional y da unas autorizaciones al Gobierno

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01

Text of the article

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º La comisión de que trata el artículo anterior, investigará qué edificios públicos nacionales, departamentales y municipales fueron destruidos o averiados por tales movimientos sísmicos; verificará los estudios requeridos para su reconstrucción; levantará los planos correspondientes; hará los presupuestos de costo, y presentará al Ministerio de Obras Públicas un informe detallado sobre la reconstrucción de cada edificio.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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