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Article 2.12.2.3.2

Derogado Texto Correspondiente A [ Mostrar ] Derogado Artículo 1 Decreto 938 De 2017 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo 2

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

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01

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Derogado

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.12.2.3.2. Determinación de los Valores a Terminar por Mutuo Acuerdo en los Procesos Administrativos Tributarios. El valor objeto de transacción en los procesos administrativos tributarios, se determinará de la siguiente forma:

1.

Cuando se trate de requerimiento para declarar y/o corregir, ampliación al requerimiento, liquidación oficial, la resolución que resuelve el correspondiente recurso de reconsideración, o resolución sanción, los aportantes u obligados al sistema de la protección social podrán transar el valor total de las sanciones e intereses, según el caso, excepto los intereses generados en los aportes determinados en el Sistema General de Pensiones, siempre y cuando presente o corrija su autoliquidación y pague el ciento por ciento (100%) del aporte propuesto o liquidado.

2.

Cuando se trate de pliegos de cargos, resoluciones mediante las cuales se impongan sanciones dinerarias en las que no hubiere tributos en discusión, o su respectivo recurso, los aportantes u obligados al sistema de la protección social podrán transar el cincuenta por ciento (50%) de las sanciones, siempre y cuando pague el cincuenta por ciento (50%) de la sanción propuesta o determinada.

3.

En los procesos contra un acto administrativo mediante el cual se imponga sanción por incumplimiento a los estándares de cobro fijados en la Resolución 444 de junio de 2013 de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), o su respectivo recurso, las administradoras del sistema de la protección social podrán transar el cincuenta por ciento (50%) de las sanciones siempre y cuando paguen el cincuenta por ciento (50%) del valor de la sanción propuesta o determinada.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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