De toda adjudicación y venta que se haga de parcelas de acuerdo con el presente Decreto, quedan excluidas las minas de cualquier clase que existan en el suelo y los yacimientos de hidrocarburos que se encuentren tanto en el suelo como en el subsuelo de las mismas, así como las corrientes minerales, termominerales y demás sustancias que especialmente se ha reservado la Nación. Esta exclusión y las obligaciones y condiciones de que tratan los artículos 3° y 7° se harán constar en los respectivos títulos traslaticios de dominio.
Article 13
De Toda Adjudicación Y Venta Que Se Haga De Parcelas De Acuerdo Con El Presente Decreto, Quedan Excluidas Las Minas De Cualquier Clase Que Existan En El Suelo Y Los Yacimientos De Hidrocarburos Que Se Encuentren Tanto En El Suelo Como En El Subsuelo De Las Mismas, Así Como Las Corrientes Minerales, Termominerales Y Demás Sustancias Que Especialmente Se Ha Reservado La Nación
Decreto 237 de 1946 · por el cual se provee a la parcelación y venta de un terreno de propiedad de la Nación y se dictan otras disposiciones.
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