º A partir del 1º de enero de 1994, la remuneración mensual del Secretario Privado de la Procuraduría General de la Nación será de dos millones seiscientos un mil quinientos pesos ($2.601.500) moneda corriente, discriminados así: asignación básica de ochocientos seis mil cuatrocientos sesenta y cinco pesos ($806.465) moneda corriente; gastos de representación ochocientos seis mil cuatrocientos sesenta y cinco pesos ($806.465)moneda corriente; prima técnica cuatrocientos noventa y cuatro mil doscientos ochenta y cinco pesos ($494.285) moneda corriente y prima especial Cuatrocientos noventa y cuatro mil doscientos ochenta y cinco pesos ($494.285) moneda corriente.
Decreto 107 de 1994 →In force
Article 7
º A Partir Del 1º De Enero De 1994, La Remuneración Mensual Del Secretario Privado De La Procuraduría General De La Nación Será De Dos Millones Seiscientos Un Mil Quinientos Pesos ($2
Decreto 107 de 1994 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.