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Article 19

Decreto 230 de 2008 · por el cual se reglamenta la Ley 1152 de 2007 en lo relativo a la administración, tenencia y disposición de los terrenos baldíos nacionales, se establecen los procedimientos para su adjudicación, reserva, reversión y recuperación y se dictan otras disposiciones.

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Text of the article

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Resolución de adjudicación. Antes de decidir sobre la solicitud de titulación el Incoder verificará su procedencia de acuerdo con lo establecido en la ley, en el presente decreto y demás normas aplicables. Si no se hubiere presentado oposición, o esta fuere extemporánea, o se haya resuelto desfavorablemente al desatar el incidente, y habiéndose satisfechos los requisitos contemplados en las leyes y en este decreto, el Gerente General del Incoder procederá a expedir la resolución de adjudicación del terreno baldío correspondiente, providencia que conforme a la ley agraria constituye título traslaticio de dominio y prueba de la propiedad, la que será notificada en forma personal al agente del Ministerio Público Agrario y al peticionario, en la forma prevista en los artículos 44 y siguientes del Código Contencioso Administrativo. La resolución de adjudicación sólo es susceptible del recurso de reposición, el cual deberá interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación, y una vez ejecutoriada, deberá inscribirse en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo competente y el Registrador devolverá al Incoder el original y una copia de la resolución, con la correspondiente anotación de registro. Así mismo, la resolución de adjudicación deberá publicarse en el Diario Oficial . Las tarifas máximas que podrán cobrarse a los adjudicatarios de baldíos productivos por los servicios de titulación, serán establecidas mediante acuerdo del Consejo Directivo del Incoder. CAPITULO III Revocación directa

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Constitutional history

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