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Article 59

Ley 64 de 1989 · Sobre el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 1990

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Cuando exista apropiación presupuestal y con el fin de sanear las cuentas por pagar que los organismos y entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación tienen con las empresas del sector eléctrico y éstas con el FODEX, podrá hacerse cruce de cuentas en las condiciones que establezca la Dirección General de Crédito Público. Así mismo, se podrá efectuar cruce de cuentas con entidades que presentan mora en el pago de sus obligaciones derivadas de los contratos de préstamo celebrados con la Nación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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