Sanción por no declarar impuestos al consumo. Sin perjuicio del pago de los impuestos correspondientes, la sanción por no declarar de que trata el artículo 643 del Estatuto Tributario será el veinte por ciento (20%) del valor total de las operaciones de ventas realizadas por el responsable en el periodo o períodos, o el veinte por ciento (20%) de los costos y gastos en que haya incurrido el responsable durante el periodo o períodos dejados de declarar. Cuando la administración tributaria disponga solamente de una de las bases señaladas en este numeral para aplicar la sanción, podrá aplicarla sobre esta sin necesidad de calcular la otra. En el caso de que disponga de la información sobre ambas bases utilizara la que genere el mayor valor.
Decreto 2141 de 1996 →In force
Article 32
Sanción Por No Declarar Impuestos Al Consumo
Decreto 2141 de 1996 · por el cual se reglamentan los capítulos VII, VIII, IX, X y XI, el artículo 257 de la Ley 223 de 1995 y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.