Los Ingresos Del Fondo Rotatorio Del Ministerio De Hacienda, Serán Los Siguientes: A) Todos Los Ingresos Provenientes De La Venta De Impresos, Relacionados Con La Dirección General De Aduanas, A Los Precios Que Señale La Junta Directiva; B) El Producto Del Valor De Los Remates O Ventas Directas De Mercancías De Contrabando O Abandonadas; C) Todos Los Ingresos Provenientes De La Venta De Impresos Relacionados Con La División De Impuesto Nacionales, Salvo Papel Sellado Y Estampillas, A Los Precios Que Señale La Junta Directiva; D) El Producto De Los Intereses Recaudados Por Concepto De Los Impuestos De Renta Y Complementarios, Sucesiones Y Donaciones, Indirectos, Impuestos A Las Ventas, E Importación Y Exportación; E) Los Auxilios, Subvenciones O Donaciones Que Destine La Nación U Otras Entidades De Derecho Público Nacionales, Internacionales O Particulares; F) El Producto De Las Inversiones Del Fondo; G) Los Ingresos Que Para El Fondo Se Apropien En El Presupuesto Nacional
Decreto 3075 de 1965 · por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo Rotatorio de la Dirección General de Aduanas, y se extienden sus servicios.
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Los ingresos del Fondo Rotatorio del Ministerio de Hacienda, serán los siguientes
a)
Todos los ingresos provenientes de la venta de impresos, relacionados con la Dirección General de Aduanas, a los precios que señale la Junta Directiva;
b)
El producto del valor de los remates o ventas directas de mercancías de contrabando o abandonadas;
c)
Todos los ingresos provenientes de la venta de impresos relacionados con la División de Impuesto Nacionales, salvo papel sellado y estampillas, a los precios que señale la Junta Directiva;
d)
El producto de los intereses recaudados por concepto de los impuestos de renta y complementarios, sucesiones y donaciones, indirectos, impuestos a las ventas, e importación y exportación;
e)
Los auxilios, subvenciones o donaciones que destine la Nación u otras entidades de Derecho Público nacionales, internacionales o particulares;
f)
El producto de las inversiones del Fondo;
g)
Los ingresos que para el Fondo se apropien en el Presupuesto Nacional. CAPITULO III De la administración y organización
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Constitutional history
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