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Article 8

Decreto 3870 de 2006 · por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano en el área de idiomas y se establecen las condiciones mí­nimas de calidad.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Artículo 8º . Régimen de Transición. Los programas de formación en el área de idiomas actualmente registrados en las Secretarías de Educación, tendrán plazo de un año, contado a partir de la entrada en vigencia del presente decreto para solicitar el registro. Vencido el término de transición, las instituciones que no hayan adelantado el proceso establecido en este artículo, no podrán admitir nuevos estudiantes, en consecuencia la respectiva Secretaría de Educación procederá mediante acto administrativo a cancelar el registro del programa.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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