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Article 26

Decreto 1753 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente los Titulos VIII y XII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales

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ARTICULO 26 . TERMINOS DE REFERENCIA. El Ministerio del Medio Ambiente en consulta con el Consejo Técnico Asesor de Política y Normatividad Ambiental, establecerá los términos de referencia para cada sector, con su respectivo instructivo. La autoridad Ambiental competente podrá adaptar estos términos de referencia a las particularidades del área de su jurisdicción.

Parágrafo

Los términos de referencia podrán incluir las escalas, variables e indicadores a ser utilizados en el estudio de impacto ambiental.

Parágrafo TRANSITORIO

El Ministerio del Medio Ambiente formulará en un término no mayor a un año los términos de referencia para cada sector, a partir de la vigencia del presente Decreto. Hasta tanto el Ministerio expida los términos da referencia genéricos para cada sector, la autoridad ambiental competente fijará los términos de referencia específicos para cada caso.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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