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Article 211

Compete A Los Alcaldes O A Quienes Hagan Sus Veces, Imponer Multa De Cien A Quinientos Pesos: 1

Decreto 1355 de 1970 · Por el cual se dictan normas sobre policía

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Compete a los Alcaldes o a quienes hagan sus veces, imponer multa de cien a quinientos pesos

1.

Al que utilice título oficial que no tenga o use públicamente insignia, distintivo o uniforme de autoridad que no le corresponda;

2.

Al administrador de edificio que no coloque en lugar visible de los ascensores aviso con indicación de su capacidad máxima;

3.

Al ascensorista que transporte un número mayor de personas o un peso superior al aforado para el ascensor;

4.

Al que dañe los árboles plantados en parques avenidas o cualquier otro bien de ornato público o de comodidad, si el hecho no constituye infracción penal;

5.

Al que por más de dos veces incurra en contravención de que conozcan los comandantes de policía.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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