JurídicoESEN

Article 12

Decreto 2762 de 2005 · por el cual se reglamentan las audiencias públicas ambientales.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Participantes e intervinientes. A la audiencia pública ambiental podrá asistir cualquier persona que así lo desee. No obstante solo podrán intervenir las siguientes personas: Por derecho propio

1.

Representante legal de la autoridad ambiental competente y los demás funcionarios que para tal efecto se deleguen o designen.

2.

Representante(s) de las personas naturales o jurídicas que hayan solicitado la realización de la audiencia.

3.

Procurador General de la Nación, el Procurador Delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios o los Procuradores Judiciales Ambientales y Agrarios o sus delegados.

4.

Defensor del Pueblo o su delegado.

5.

Gobernador(es) del (los) departamento(s) donde se encuentre o pretenda localizarse el proyecto o sus delegados.

6.

Alcalde(s) del(os) municipio(s) o distrito(s) donde se encuentre o pretenda desarrollarse el proyecto o sus delegados.

7.

Personero municipal o distrital o su delegado.

8.

Los directores de los institutos de investigación científica adscritos al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o su delegado.

9.

El peticionario de la licencia o permiso ambiental. Las personas antes citadas no requerirán de inscripción previa. Por previa Inscripción: 1. Otras autoridades públicas. 2. Expertos y organizaciones comunitarias y/o ambientales. 3. Personas naturales o jurídicas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2762 de 2005