Con el objeto de reconstituir explotaciones agrícolas de superficies adecuada y elevar por este medio el nivel de vida en las zonas de minifundio, el Instituto de la Reforma Agraria llevará a cabo operaciones de concentración parcelaria conforme a lo que se dispone en los artículos siguientes:
En lo posible, las concentraciones parcelarias deberán crear " unidades agrícolas familiares " con las características definidas en la presente Ley.