º Las Comisiones Seccionales atendrán y resolverán los reclamos acerca de la fijación de los salarios mínimos, que se presenten por trabajadores y patronos de su jurisdicción, pudiendo autorizar a una empresa o patrono el pago de salarios inferiores a los mínimos legales, si comprueba que los señalados desequilibran la estabilidad económica, pero, esta autorización sólo podrá concederse hasta por el término, de un 1 año. Contratos decisiones de las Comisiones Seccionales podrá; interponerse el recurso de apelación para ante la Comisión Nacional, dentro de los diez. (10) días siguientes a la notificación, y se concederá en el efecto suspensivo.
Article 6
Las Comisiones Seccionales Atendrán Y Resolverán Los Reclamos Acerca De La Fijación De Los Salarios Mínimos, Que Se Presenten Por Trabajadores Y Patronos De Su Jurisdicción, Pudiendo Autorizar A Una Empresa O Patrono El Pago De Salarios Inferiores A Los Mínimos Legales, Si Comprueba Que Los Señalados Desequilibran La Estabilidad Económica, Pero, Esta Autorización Sólo Podrá Concederse Hasta Por El Término, De Un 1 Año
Decreto 2118 de 1957 · Por el cual se crean comisiones permanentes para la revisión de salarios mínimos
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