La Junta Directiva se reunirá en forma ordinaria y por derecho propio por lo menos una vez al mes, en el día, hora y lugar del domicilio social indicado en la convocatoria de su Presidente; se reunirá también en forma extraordinaria cuando sea convocada por el Presidente de la sociedad, o por el Revisor Fiscal, o por el Presidente de la misma Junta Directiva, o cuando a éste, lo soliciten no menos de dos miembros principales que estén actuando.
Article 33
La Junta Directiva Se Reunirá En Forma Ordinaria Y Por Derecho Propio Por Lo Menos Una Vez Al Mes, En El Día, Hora Y Lugar Del Domicilio Social Indicado En La Convocatoria De Su Presidente; Se Reunirá También En Forma Extraordinaria Cuando Sea Convocada Por El Presidente De La Sociedad, O Por El Revisor Fiscal, O Por El Presidente De La Misma Junta Directiva, O Cuando A Éste, Lo Soliciten No Menos De Dos Miembros Principales Que Estén Actuando
Decreto 2276 de 1991 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos del Banco de los Trabajadores.
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