No se cobrará el impuesto nacional sobre las ventas en el territorio de la Intendencia Especial de San Andrés y Providencia
Respecto de mercancías producidas y entregadas real o simbólicamente a titulo de compraventa o permuta por el responsable del impuesto dentro del mismo territorio intendencial;
Respecto de mercancías extranjeras introducidas y vendidas o permutadas dentro del mismo territorio.