Sustitúyase el artículo 2.36.2.2.18 del Decreto 2555 de 2010, el cual quedará así: "Artículo 2.36.2.2.18 Costos de los servicios prestados por el corredor de seguros. En el evento en que la institución financiera decida contratar un intermediario de seguros en los procesos señalados en el artículo 2.36.2.2.1 del presente decreto, los costos deberán ser asumidos exclusivamente por la institución financiera y no harán parte del valor que pague el deudor o locatario por concepto del seguro ni por cualquier otro concepto asociado a este.
Decreto 1084 de 2021 →In force
Article 10
Sustitúyase El Artículo 2
Decreto 1084 de 2021 · Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con las normas aplicables a las instituciones financieras que actúen como tomadoras de seguros por cuenta de sus deudores
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.