Para efecto de lo previsto en este decreto, entiéndase por asignación básica de los docentes y directivos docentes, el valor que determine el grado del Escalafón Nacional Docente en que se encuentren clasificados y por remuneración o salario el valor que resulte de la suma de la asignación básica, más los restantes factores que perciban mensualmente. La asignación básica del personal administrativo y educadores nombrados en virtud del Decreto-ley 85 de 1980, está representada por el valor establecido taxativamente para cada uno de los cargos, dependiendo en el caso de los educadores nombrados excepcionalmente sin escalafón, del título que acrediten. Para estos mismos funcionarios, la remuneración o salario equivalente al valor que resulte de la suma de la asignación básica más los restantes factores salariales que reciban mensualmente.
Article 33
Para Efecto De Lo Previsto En Este Decreto, Entiéndase Por Asignación Básica De Los Docentes Y Directivos Docentes, El Valor Que Determine El Grado Del Escalafón Nacional Docente En Que Se Encuentren Clasificados Y Por Remuneración O Salario El Valor Que Resulte De La Suma De La Asignación Básica, Más Los Restantes Factores Que Perciban Mensualmente
Decreto 908 de 1992 · Por el cual se fija la asignación básica, se fija la remuneración del personal del Escalafón Nacional Docente y se dictan otras disposiciones salariales para el sector educativo oficial
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.