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Article 6

º Operaciones Permitidas

Decreto 1134 de 1989 · Por el cual se reglamenta la actividad de ahorro y crédito desarrollada por las cooperativas y se dictan normas para el ejercicio de la actividad financiera por parte de éstas

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01

Text of the article

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º OPERACIONES PERMITIDAS. Las Cooperativas Especializadas de Ahorro y Crédito y las Secciones de Ahorro y Crédito de las Cooperativas Multiactivas o Integrales, sólo podrán captar de sus asociados depósitos de ahorro en las siguientes modalidades

1.

A la vista, mediante el sistema de libretas o documento idóneo que refleje fielmente el movimiento de la cuenta.

2.

A término, sólo mediante la expedición de Certificados de Depósitos de Ahorro a Término -CDAT-.

3.

En forma contractual de acuerdo con los programas que establezcan el estatuto o reglamento respectivo de la Cooperativa. Las Cooperativas Especializadas o las Secciones de Ahorro y Crédito de las Cooperativas Multiactivas o Integrales, autorizadas para ejercer actividad financiera con terceros, sólo podrán recibir de éstos, depósitos de ahorro a la vista y a término mediante la expedición de Certificados de Depósitos de Ahorro a Término CDAT.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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