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Article 3

º

Decreto 328 de 1995 · por medio del cual se reglamentan los artículos 804 y 820 del Estatuto Tributario.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Remisibilidad de obligaciones de menor cuantía . El Director de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá declarar remisibles y, en consecuencia, suprimir de la contabilidad, de la cuenta corriente y de los demás registros de la Administración, las obligaciones de los contribuyentes o responsables, determinadas en liquidaciones privadas, oficiales y otros actos administrativos, sentencias y demás decisiones jurisdiccionales, cuando la cuantía, incluidos los intereses y sanciones, no exceda de trescientos mil pesos ($300.000) moneda corriente, cada deuda y hayan transcurridos tres o más años de exigibilidad. En la determinación de la cuantía se excluirá la actualización de que trata el artículo 867-1 del Estatuto Tributario.

Parágrafo

La cuantía expresada en el presente Decreto, será objeto de ajuste anual conforme al procedimiento establecido en el artículo 868 del Estatuto Tributario.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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