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Article 57

Será Reputada Como Una Falsedad Toda Alteración En Las Facturas, Declaraciones De Aduana O Manifiestos, Sea Por Los Interesados O Por Los Funcionarios A Quienes Se Presenten; Los Errores Que Hayan Rectificados Aquéllos, Antes De Presentarlos Deberán Aparecer Salvados Minuciosamente En El Reglón O Reglones Necesarios, De Manera Que Quede Claramente Establecido Que La Salvedad Se Ha Hecho Por El Interesado Y Antes De Presenta El Manifiesto En La Oficina De Correos (Artículo 7º, Ley 59 De 1917)

Decreto 160 de 1923 · Por medio del cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del Exterior y se resumen las disposiciones legislativas que con ese servicio tienen relación

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01

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Será reputada como una falsedad toda alteración en las facturas, declaraciones de aduana o manifiestos, sea por los interesados o por los funcionarios a quienes se presenten; los errores que hayan rectificados aquéllos, antes de presentarlos deberán aparecer salvados minuciosamente en el reglón o reglones necesarios, de manera que quede claramente establecido que la salvedad se ha hecho por el interesado y antes de presenta el manifiesto en la Oficina de Correos (artículo 7º, Ley 59 de 1917).

02

Constitutional history

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