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Article 2.2.4.9

Ejecución

Decreto 1080 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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EJECUCIÓN. Los bienes, servicios, actividades, programas y proyectos requeridos para el cumplimiento del objeto de este Fondo serán ejecutados y/o contratados por la Gobernación de Santander o por la Alcaldía de Bucaramanga, mediante la celebración de los contratos o convenios interadministrativos con el Ministerio de Cultura.

Los contratos o convenios interadministrativos suscritos entre estas Entidades, serán para dar cumplimiento a la ejecución de los recursos dispuestos en el Fondo que administra el Ministerio de Cultura.

Parágrafo 1

En todos los casos, se observará el régimen de contratación que sea aplicable, y el seguimiento y supervisión de los contratos y convenios corresponderá a la entidad contratante en cada caso.

Parágrafo 2

El Ministerio de Cultura podrá administrar y ejecutar los recursos del fondo-cuenta establecidos en este Decreto mediante un patrimonio autónomo.

Parágrafo 3

Las reglas presupuestales serán las que se encuentran definidas en la normatividad actual, de acuerdo con la naturaleza de los fondos señalados en el presente Titulo".

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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