°. La incorporación de los funcionarios a la planta de personal que se establece en el artículo 2° del presente decreto, se hará dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de su publicación.
Los empleados públicos del Instituto Nacional de Salud (INS), continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.