Art. 2.° Los Oficiales Mayor y 1.° de la Secretaría de Gobierno de Cundinamarca gozarán de lo sucesivo de la asignación anual de mil novecientos veinte pesos ($ 1,920) y mil ochocientos pesos ($1,800) respectivamente.
La partida necesaria para dar cumplimiento á esta Ley se incluirá en el Presupuesto de Gastos del bienio próximo.